Declaración pública Movimiento Comunidades por el Derecho a la Vida respecto al rechazo de la Corte Suprema del recurso de protección en contra municipio de Puchuncaví por Codelco Ventanas
Expresamos nuestra preocupación por el rechazo de la Corte Suprema al Recurso de protección en contra de la decisión de la Municipalidad de Puchuncaví de renovar la Patente de la Fundición Codelco Ventanas a pesar que dicha empresa no cuenta los permisos sanitarios para su funcionamiento. Sentimos que en la institucionalidad en que recae la función de velar por los derechos fundamentales de los ciudadanos, no se manifestará respecto al tema de fondos del recurso (el funcionamiento de una empresa sin sus permisos sanitarios) y deseche este recurso por interpretar que ha sido presentado fuera de plazo.
Cabe recordar que el 18 de abril del 2012, el Seremi de Salud de Valparaíso mediante Resolución N° 907 calificó a la Actividad de la Fundición de Ventanas como “Peligrosa” junto con un total de 12 observaciones de fallas en sus instalaciones y sistema de operación, tanto en la Planta de Metales Nobles, Planta de Refino a Fuego, Planta de Ácido y Sector Patio de Acopio de Materiales.
Destacando dentro de las principales observaciones las siguientes:
- No contar con ventilación adecuada que contribuya a proporcionar condiciones ambientales básicas necesarias para proteger la salud de los trabajadores.
- Presentar contaminación atmosférica en áreas de trabajo
- Sistema de canalización para los residuos líquidos, superan su capacidad de contención, con derrames y apozamiento de aguas ácidas generando condición de riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.
- Emisiones no controladas que generan gases fugitivos agresivos proveniente de sus ciclo productivos y que traspasan los límites o deslindes de la instalación.
- Fugas de gases desde sus ductos.
- Del análisis de una muestra de 50 trabajadores expuestos a ruidos, 14 presentan resultado alterados.
Debido a estas graves y peligrosas fallas el Seremi Salud rechazó otorgar la Resolución Sanitaria a la empresa, requerimiento que por Ley se exige a las municipalidad para renovar una patente municipal, a cualquier tipo de actividad, como por ejemplo un puesto de completos, un almacén, un puesto de sopaipillas, etc.
Que la Corte Suprema haga vista gorda de esta situación es una pésima señal para el país, no nos cabe duda que si el dueño de un puesto de completos sin resolución sanitaria acudiera a la Corte Suprema debido a que el municipio no entregó la patente para funcionar, la corte suprema no acogería dicha demanda.
Al parecer para la Corte Suprema en Chile no todos tenemos los mismos derechos.
¡NO MAS ZONAS DE SACRIFICIO!
09-79097784 09-93151626
Ventanas, 4 de diciembre 2012.
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